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lunes, 6 de abril de 2020

CÁTEDRA DE LA PAZ. SEGUNDO PERIODO. GRADO UNDÉCIMO


TEMÁTICA UNO: EL DERECHO.
El Derecho es el conjunto de normas jurídicas generales positivas que surgen de la sociedad como un producto cultural generada dentro de leyes y que tienen la finalidad de regular la convivencia entre los miembros de esa sociedad—las personas—y de estos con el Estado y no han existido siempre, sino que son luchas del pueblo para que se le reconociese su dignidad como humano.

Para Ulpiano el Derecho es el "arte de lo bueno y lo equitativo".
Para Kant, el Derecho es el "complejo de las condiciones por las cuales el arbitrio de cada uno puede coexistir con el criterio de todos los demás, según una ley universal de libertad."
Para Marx el Derecho "es la voluntad de la clase dominante, elevada a la categoría de ley."
"En general se entiendo por Derecho, conjunto de normas jurídicas, creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso de incumplimiento esta prevista de una sanción judicial." 


Derecho Público. Conjunto de normas jurídicas que regulan la organización del Estado y las relaciones que se dan entre éste y los sujetos particulares
Derecho Privado. Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre las personas particulares—sean colectivas o individuales—, y de estos con el Estado, cuando éste actúa como persona particular.

DIFERENCIAS.
El Derecho Público contiene normas de la sociedad. El Derecho Privado normas de conducta de los individuos.
El Derecho Público está dirigido al Estado. El Derecho Privado está dirigido al individuo.
Si se persigue el interés del Estado estamos en el campo del Derecho Público. Si se persigue el interés del individuo estamos en el campo del Derecho Privado.
El Derecho Público es irrenunciable. En el Derecho Privado los individuos pueden o no ejercitar sus facultades que les otorgan las leyes.
El Derecho Público es imperativo. Mientras que el Derecho Privado campea el principio de la autonomía de la voluntad.
En el Derecho Público se hace todo lo que dice la ley, no lo que no prohíbe. En el Derecho Privado el individuo está facultado todo aquello que la ley no lo prohíbe expresamente.
Otros autores niegan estas diferencias, ya que dicen por definición el Derecho tiene una función colectiva: todo el Derecho es público.

Derecho Objetivo. Conjunto de leyes aplicables a las personas y que forman el ordenamiento jurídico vigente.
Derecho Subjetivo: Facultad o poder reconocido a una persona por la ley vigente y que le permite realizar o no ciertos actos. Por ejemplo el derecho a la propiedad, le permite utilizar una cosa en su provecho.
Derecho Natural: Es el Conjunto de reglas ideales, eternas e inmutables que se anhela ver transformadas en leyes positivas.
Derecho Positivo. Conjunto de norma jurídicas, escritas o no, vigentes en un Estado.
Comprende el derecho escrito o legislado, el consuetudinario o no escrito, es decir, el vigente.

CARACTERÍSTICAS:
1.      es un derecho expresado cuya existencia no se discute
2.      es propio o particular de cada país
3.      lo constituyen el conjunto de preceptos establecidos por la autoridad política de un pueblo.
4.      su cumplimiento y ejecución puede ser espontáneo o no.
5.      su relatividad, el derecho se transforma a través del tiempo.

DERECHO MORAL.
La Moral se refiere a los actos de fuero interno. El Derecho se aplica a la manifestación del fuero externo.
Las diferencias son:
El Derecho proviene de la voluntad social y constituye un ordenamiento jurídico imperativo. La moral proviene de la conciencia humana.
El Derecho es coercible, la moral, no.
Las normas jurídicas son bilaterales (alteridad = existe el otro), exteriores, coercibles y heterónomas (relación entre dos personas).
Las normas morales son unilaterales, autónomas (fuero interno), e incoercibles.

TEMÁTICA DOS: LOS DERECHOS HUMANOS.

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

Universales e inalienables
El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Todos los Estados han ratificado al menos uno, y el 80 por ciento de ellos cuatro o más, de los principales tratados de derechos humanos, reflejando así el consentimiento de los Estados para establecer obligaciones jurídicas que se comprometen a cumplir, y confiriéndole al concepto de la universalidad una expresión concreta. Algunas normas fundamentales de derechos humanos gozan de protección universal en virtud del derecho internacional consuetudinario a través de todas las fronteras y civilizaciones.
Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito.

Interdependientes e indivisibles
Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.

Iguales y no discriminatorios
La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.
Derechos y obligaciones
Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos . La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.

Por eso hablar de Derechos Humanos, no es un asunto que se haya tenido en cuenta recientemente ya que desde la época del gobierno de CIRO EL GRANDE en Persia, ya se establecieron reconocimientos a la dignidad humana. Es así como este Rey luego de que sus ejércitos conquistasen a Babilonia ordenó liberar a los esclavos, determinó que todas las personas tenían la libertad de escoger su propia religión y estableció la igualdad RACIAL. Esas disposiciones fueron incluidas en un documento, el primero en el mundo que hace referencia a estos tópicos y que fue llamado EL CILINDRO DE CIRO, así lo reconoce la ONU.

Para el año 1215 luego que el Rey Juan de Inglaterra violase una serie de normas en el reino, los súbditos lo obligaron a que firmase un documento al que denominarían CARTA MAGNA, el cual años después se convertiría en los llamados DERECHOS HUMANOS.  Entre ellos estaba el derecho de la iglesia a estar libre de la intervención del gobierno, los derechos de todos los ciudadanos libres a poseer y heredar propiedades y que se les protegiera de impuestos excesivos. Estableció el derecho de las viudas que poseían propiedades para decidir no volver a casarse, y establece principios de garantías legales e igualdad ante la ley. También contenía disposiciones que prohibían el soborno y la mala conducta de los funcionarios.
Considerada ampliamente como uno de los documentos legales más importantes en el desarrollo de la democracia moderna, la Carta Magna fue un punto de cambio crucial en la lucha para establecer la libertad.

El siguiente hito reconocido en el desarrollo de los derechos humanos fue la Petición del Derecho, elaborada en 1628 por el Parlamento Inglés y enviada a Carlos I como una declaración de libertades civiles. El rechazo del Parlamento para financiar la impopular política externa del rey, causó que su gobierno exigiera prestamos forzosos y que tuvieran que acuartelar las tropas en las casas de los súbditos como una medida económica. El arresto y encarcelamiento arbitrarios por oponerse a estas políticas, produjo en el Parlamento una hostilidad violenta hacia Carlos y George Villiers, el primer duque de Buckingham. La Petición del Derecho, iniciada por Sir Edward Coke, se basó en estatutos y documentos oficiales anteriores y hace valer cuatro principios: (1) No se podrá recaudar ningún impuesto sin el consentimiento del Parlamento, (2) No se puede encarcelar a ningún súbdito sin una causa probada (reafirmación del derecho de habeas corpus, del latín, "que tengas el cuerpo”, derecho que determinaba un plazo limite para resolver si se arresta a un detenido), (3) A ningún soldado se le puede acuartelar con los ciudadanos, y (4) No puede usarse la ley marcial en tiempos de paz.

En 1776, Thomas Jefferson, escribió la Declaración de Independencia Americana.
El 4 de julio de 1776, el Congreso de Estados Unidos aprobó la Declaración de Independencia. Su autor principal, Thomas Jefferson, escribió la Declaración como una explicación formal de por qué el Congreso había votado el 2 de julio para declarar la Independencia respecto a Gran Bretaña, más de un año después del estallido de la Guerra de la Revolución de Estados Unidos, y cómo la declaración anunciaba que las trece Colonias Americanas ya no eran parte del Imperio Británico. El Congreso publicó la Declaración de Independencia de varias formas. Inicialmente se publicó como un impreso en gran formato que fue distribuido ampliamente y leído al público.
Filosóficamente, la declaración hace énfasis en dos temas: derechos individuales y el derecho de revolución. Estas ideas llegaron a ser ampliamente aceptadas por los estadounidenses y también influenció en particular a la Revolución Francesa.

La Carta de Derechos de la Constitución de EE.UU. protege las libertades básicas de los ciudadanos de Estados Unidos.
Escrita en el verano de 1787 en Filadelfia, la Constitución de Estados Unidos de América es la ley fundamental del sistema federal estadounidense y es el documento histórico del mundo occidental. Es la constitución nacional escrita más antigua en uso y define los organismos principales del gobierno y sus jurisdicciones, y los derechos básicos de los ciudadanos.
Las primeras diez enmiendas a la Constitución (la Carta de Derechos), entraron en vigor el 15 de diciembre de 1791, limitando los poderes del gobierno federal de Estados Unidos y protegiendo los derechos de todos los ciudadanos, residentes y visitantes en territorio estadounidense.

La Carta de Derechos protege la libertad de expresión, la libertad religiosa, el derecho de tener y portar armas, el derecho de reunirse y la libertad de petición. También prohíbe la búsqueda e incautación irrazonable, el castigo cruel e inusual y la autoincriminación obligada. Entre las protecciones legales que brinda, la Declaración de Derechos le prohíbe al Congreso pasar ninguna ley respecto al establecimiento de religión y le prohíbe al gobierno federal privar a cualquier persona de la vida, libertad o propiedad sin el debido proceso legal. En casos criminales federales se requiere de una acusación por un gran jurado, por cualquier delito capital, o crimen reprobable, garantiza un juicio público rápido con un jurado imparcial en el distrito en el cual ocurrió el crimen y prohíbe el doble enjuiciamiento.

En 1789, el pueblo de Francia causó la abolición de una monarquía absoluta y creó la plataforma para el establecimiento de la primera República Francesa. Sólo seis semanas después del ataque súbito a la Bastilla, y apenas tres semanas después de la abolición del feudalismo, la Asamblea Nacional Constituyente adoptó la Declaración de los Derechos del Hombre y de los Ciudadanos (en francés: La Déclaration des Droits de l’Homme et du Citoyen) como el primer paso para escribir la constitución de la Republica de Francia.
La Declaración proclama que a todos los ciudadanos se les deben garantizar los derechos de “libertad de propiedad, seguridad y resistencia a la opresión”. Argumenta que la necesidad de la ley se deriva del hecho de que “…el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre, tiene sólo aquellos límites que aseguran a los demás miembros de la misma sociedad el goce de estos mismos derechos”. Por lo tanto, la Declaración ve a la ley como “una expresión de la voluntad general”, destinada a promocionar esta equidad de derechos y prohibir “sólo acciones dañinas para la sociedad”.

La primera convención de Ginebra
1864
En 1864, dieciséis países europeos y varios países de América asistieron a una conferencia en Ginebra, por la invitación del Consejo Federal Suizo, y por la iniciativa de la Comisión de Ginebra. La conferencia diplomática se llevó a cabo con el propósito de adoptar un convenio para el tratamiento de soldados heridos en combate.
Los principios más importantes establecidos en la Convención y mantenidos por las últimas Convenciones de Ginebra estipulan la obligación de proveer atención medica sin discriminación a personal militar herido o enfermo y de respetar el transporte y el equipo del personal médico con el signo distintivo de la cruz roja sobre fondo blanco.

Fundación Organización Naciones Unidas
1945
La Segunda Guerra Mundial se había librado violentamente de 1939 a 1945, y al aproximarse el fin, las ciudades de toda Europa y Asia yacían en ruinas humeantes. Millones de personas murieron, millones más quedaron sin hogar o morían de hambre. Las fuerzas rusas se acercaban, rodeando los restos de la resistencia alemana en la bombardeada capital de Alemania, Berlín. En el Pacífico, los infantes de Marina de Estados Unidos todavía estaban luchando con las fuerzas japonesas atrincheradas en islas como Okinawa.
En abril de 1945, delegados de cincuenta naciones se reunieron en San Francisco, llenos de optimismo y esperanza. La meta de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional era crear un organismo internacional para promover la paz y evitar guerras futuras. Los ideales de la organización se establecieron en el preámbulo al Acta Constitutiva que propusieron: “Nosotros, la gente de las Naciones Unidas, estamos decididos a proteger a las generaciones venideras del azote de la guerra, la cual dos veces en nuestra vida ha producido un sufrimiento incalculable a la humanidad”.
El Acta Constitutiva de la nueva organización de las Naciones Unidas entró en vigencia el 24 de octubre de 1945, fecha que se celebra cada año como Día de las Naciones Unidas.

Declaración Universal de los derechos humanos
1948
La Declaración Universal de Derechos Humanos ha inspirado a muchas otras leyes sobre los derechos humanos y a tratados por todo el mundo.
Para 1948, la nueva Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas se había apoderado de la atención del mundo. Bajo la presidencia dinámica de Eleanor Roosevelt (viuda del presidente Franklin Roosevelt, defensora de los derechos humanos por derecho propio y delegada de Estados Unidos ante la ONU), la Comisión se dispuso a redactar el documento que se convirtió en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Roosevelt, a quien se atribuyó la inspiración del documento, se refirió a la Declaración como la Carta Magna internacional para toda la humanidad. Fue adoptada por las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948.
En su preámbulo y en el Artículo 1, la Declaración proclama, sin lugar a equivocaciones, los derechos inherentes a todos los seres humanos: “La ignorancia y el desprecio de los derechos humanos han resultado en actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y la llegada de un mundo donde los seres humanos gocen de libertad de expresión y creencia y sean libres del miedo y la miseria se ha proclamado como la más alta aspiración de la gente común... Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.
Los países miembros de las Naciones Unidas se comprometieron a trabajar juntos para promover los 30 Artículos de los derechos humanos que, por primera vez en la historia, se habían reunido y sistematizado en un solo documento. En consecuencia, muchos de estos derechos, en diferentes formas, en la actualidad son parte de las leyes constitucionales de las naciones democráticas.

ACTIVIDAD: Saca diez conclusiones de dicho video

TEMÁTICA TRES: EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
¿Qué es el derecho internacional humanitario?
El derecho internacional humanitario (DIH) es un conjunto de normas que, por razones humanitarias, trata de limitar los efectos de los conflictos armados.
Protege a las personas que no participan o que ya no participan en los combates y limita los medios y métodos de hacer la guerra. El DIH suele llamarse también "derecho de la guerra" y "derecho de los conflictos armados". El DIH es parte del derecho internacional, que regula las relaciones entre los Estados. Está integrado por acuerdos firmados entre Estados –denominados tratados o convenios–, por el derecho consuetudinario internacional que se compone a su vez de la práctica de los Estados que éstos reconocen como obligatoria, así como por principios generales del derecho.
El DIH se aplica en situaciones de conflicto armado. No determina si un Estado tiene o no tiene derecho a recurrir a la fuerza. Esta cuestión está regulada por una importante parte – pero distinta– del DIH, que figura en la Carta de las Naciones Unidas.
¿De dónde proviene el derecho internacional humanitario?
El origen del DIH se remonta a las normas dictadas por las antiguas civilizaciones y religiones. La guerra siempre ha estado sujeta a ciertas leyes y costumbres.
La codificación del DIH a nivel universal comenzó en el siglo XIX. Desde entonces, los Estados han aceptado un conjunto de normas basado en la amarga experiencia de la guerra moderna, que mantiene un cuidadoso equilibrio entre las preocupaciones de carácter humanitario y las exigencias militares de los Estados.
En la misma medida en que ha crecido la comunidad internacional, ha aumentado el número de Estados que ha contribuido al desarrollo del DIH. Actualmente, éste puede considerarse como un derecho verdaderamente universal.
¿Dónde se encuentra el derecho internacional humanitario?
El DIH se encuentra esencialmente contenido en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, en los que son parte casi todos los Estados. Estos Convenios se completaron con otros dos tratados: los Protocolos adicionales de 1977 relativos a la protección de las víctimas de los conflictos armados.
Hay asimismo otros textos que prohíben el uso de ciertas armas y tácticas militares o que protegen a ciertas categorías de personas o de bienes. Son principalmente:
• la Convención de la Haya de 1954 para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado y sus dos Protocolos; • la Convención de 1972 sobre Armas Bacteriológicas;
• la Convención de 1980 sobre Ciertas Armas Convencionales y sus cinco Protocolos;
• la Convención de 1993 sobre Armas Químicas;
• el Tratado de Ottawa de 1997 sobre las Minas Antipersonal;
• el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados.
Ahora se aceptan muchas disposiciones del DIH como derecho consuetudinario, es decir, como normas generales aplicables a todos los Estados.
¿Cuándo se aplica el derecho internacional humanitario?
El DIH sólo se aplica en caso de conflicto armado. No cubre las situaciones de tensiones internas ni de disturbios interiores, como son los actos aislados de violencia. Sólo es aplicable cuando se ha desencadenado un conflicto y se aplica por igual a todas las partes, sin tener en cuenta quien lo inició.
El DIH distingue entre conflicto armado internacional y conflicto armado sin carácter internacional. En los conflictos armados internacionales se enfrentan, como mínimo, dos Estados. En ellos se deben observar muchas normas, incluidas las que figuran en los Convenios de Ginebra y en el Protocolo adicional I.
En los conflictos armados sin carácter internacional se enfrentan, en el territorio de un mismo Estado, las fuerzas armadas regulares y grupos armados disidentes, o grupos armados entre sí. En ellos se aplica una serie más limitada de normas, en particular las disposiciones del artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra y el Protocolo adicional II.
Es importante hacer la distinción entre derecho internacional humanitario y derecho de los derechos humanos. Aunque algunas de sus normas son similares, estas dos ramas del derecho internacional se han desarrollado por separado y figuran en tratados diferentes. En particular, el derecho de los derechos humanos, a diferencia del DIH, es aplicable en tiempo de paz y muchas de sus disposiciones pueden ser suspendidas durante un conflicto armado.
¿Qué cubre el derecho internacional humanitario?
El DIH cubre dos ámbitos:
• La protección de las personas que no participan o que ya no participan en las hostilidades.
• Una serie de restricciones de los medios de guerra, especialmente las armas, y de los métodos de guerra, como son ciertas tácticas militares.
¿En qué consiste la "protección"?
El DIH protege a las personas que no toman parte en las hostilidades, como son los civiles y el personal médico y religioso. Protege asimismo a las personas que ya no participan en los combates, por ejemplo, los combatientes heridos o enfermos, los náufragos y los prisioneros de guerra.
Esas personas tienen derecho a que se respete su vida y su integridad física y moral, y se benefician de garantías judiciales. Serán, en todas las circunstancias, protegidas y tratadas con humanidad, sin distinción alguna de índole desfavorable.
En particular, está prohibido matar o herir a un adversario que haya depuesto las armas o que esté fuera de combate. Los heridos y los enfermos serán recogidos y asistidos por la parte beligerante en cuyo poder estén. Se respetarán el personal y el material médico, los hospitales y las ambulancias.
Normas específicas regulan asimismo las condiciones de detención de los prisioneros de guerra y el trato debido a los civiles que se hallan bajo la autoridad de la parte adversa, lo que incluye, en particular, su mantenimiento, atención médica y el derecho a corresponder con sus familiares.
El DIH prevé, asimismo, algunos signos distintivos que se pueden emplear para identificar a las personas, los bienes y los lugares protegidos. Se trata principalmente de los emblemas de la cruz roja y de la media luna roja, así como los signos distintivos específicos de los bienes culturales y de la protección civil.
¿A qué restricciones están sometidos los medios y métodos de hacer la guerra?
El DIH prohíbe, entre otras cosas, los medios y los métodos militares que:
• no distinguen entre las personas que participan en los combates y las personas que no toman parte en los combates, a fin de respetar la vida de la población civil, de las personas civiles y los bienes civiles;
• causan daños superfluos o sufrimientos innecesarios;
• causan daños graves y duraderos al medio ambiente.
El DIH ha prohibido, pues, el uso de muchas armas, incluidas las balas explosivas, las armas químicas y biológicas, las armas láser que causan ceguera y las minas antipersonal.
¿Es realmente efectivo el DIH?
Desafortunadamente, abundan los ejemplos de violaciones del DIH. Las víctimas de la guerra son, cada vez más, personas civil. Sin embargo, ha habido importantes casos en los que el DIH ha permitido cambiar las cosas, ya sea protegiendo a los civiles, los prisioneros de guerra, los enfermos y los heridos, ya sea limitando el empleo de armas inhumanas.
Dado que el DIH se aplica en períodos de violencia extrema, respetarlo planteará siempre grandes dificultades. No obstante, es más importante que nunca velar por su aplicación efectiva.
¿Cómo aplicar el derecho internacional humanitario?
Se han de tomar medidas para garantizar el respeto del DIH. Los Estados tienen la obligación de dar a conocer las normas de ese derecho a las respectivas fuerzas armadas y al público en general. Deben prevenir y, si procede, castigar todas las violaciones del derecho internacional humanitario.
Para ello, deben, en particular, promulgar leyes para castigar las violaciones más graves de los Convenios de Ginebra y de los Protocolos adicionales, denominadas crímenes de guerra. Asimismo, habría que aprobar una ley que garantice la protección de los emblemas de la cruz roja y de media luna roja.
Se han tomado asimismo medidas a nivel internacional. Se han creado dos tribunales para castigar los crímenes cometidos en los conflictos de ex Yougoslavia y de Ruanda. Una corte penal internacional ha sido creada por el Estatuto de Roma aprobado en 1998.
Todos podemos hacer una importante contribución a la aplicación del derecho internacional humanitario, ya sea por intermedio de los gobiernos y de las organizaciones, ya sea individualmente.

ACTIVIDAD
Lea el siguiente artículo y escriba las razones por la cual ese atentado no fue considerado un atentado contra el D.I.H

TEMÁTICA CUATRO: LA PAZ ARMADA Y LOS TRATADOS DE PAZ.
La Paz Armada (1870 – 1913). Se conoce como PAZ armada a la escalada armamentística que hubo entre los grandes imperios europeos antes de la primera guerra mundial. Fue una de las causas más notorias de la Primera Guerra Mundial. Las continuas tensiones entre Estados a causa de conflictos tanto nacionalistas como imperialistas dieron lugar a que cada Estado destinara gran cantidad del capital estatal a la inversión de la industria de armamento y al fomento del ejército, todo este excesivo gasto militar desembocaría a la larga en quiebras nacionales o en una guerra. Todo ello dio lugar a un complejo sistema de alianzas en las que las naciones se hallaban en conflicto sin estar en guerra.

Para nuestra época este concepto sigue siendo utilizado por naciones como Estados Unidos, China, Rusia, Corea del Norte y en menor grado, la mayoría de los países con algún grado de desarrollo. Es así como esos países invierten millones de millones de dólares en ampliar su poderío bélico. Muchos de ellos siguen enriqueciendo el uranio para crear bombas atómicas, las cuales pueden ser lanzadas con objetivos precisos y a grandes distancias, capaces de cruzar continentes enteros. De esas pruebas el mundo ya ha percibido lo que hace el gobierno de Corea del Norte.

En Colombia además de los procesos de paz que llevaron a la desmovilización de más de 10 mil subversivos de la FARC el 26 de septiembre de 2016, en la década de los noventa ya se habían desmovilizado miembros del M19, Quintín Lame y del Ejército Popular de Liberación y durante el gobierno de Guillermo León Valencia, integrantes de las guerrillas liberales habían hecho acuerdos con dicho gobierno, el gobierno no les cumplió y dicho grupo volvió al monte, se reforzaron y dieron origen a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Farc -.
Más de 2500 personas presenciarán este lunes en Cartagena la firma del Acuerdo Final entre el Gobierno y las Farc. El Secretario General de las Naciones Unidas, varios presidentes del continente, cancilleres europeos y presidentes de organizaciones económicas internacionales acompañarán el momento en el que presidente Juan Manuel Santos y el comandante de las Farc, alias “Timochenko”, ratifiquen el documento de 297 páginas elaborado por las partes.
Es un momento histórico que está sujeto a la decisión de los colombianos. El 2 de octubre, el país decidirá si refrenda o no el Acuerdo a través de un plebiscito.
Recopilamos diez momentos de paz en el mundo. Diez firmas que cambiaron la historia de países de Centroamérica, África y Asia.

Sudáfrica
La firma del acuerdo en Sudáfrica significó el ascenso democrático de Mandela al poder.
En 1994, y luego de tres años de negociación entre el gobierno del presidente Frederik Willem de Klerk y el Congreso Nacional Africano liderado por Nelson Mandela, las partes firmaron un Acuerdo Nacional de Paz para poner fin a siglos de Apartheid. Además, incluyeron una convocatoria a elecciones generales para establecer un gobierno de transición.
Nelson Mandela se convirtió en el primer presidente negro de la Nación. Convocó una Asamblea Constituyente y una Comisión para la Verdad y la Reconciliación, que funcionó hasta 1999. En diciembre de 1996 se aprobó la nueva Constitución que ayudó a desarrollar la Sudáfrica del siglo XXI.

Guatemala

Víctimas del conflicto en Guatemala.
El 29 de diciembre de 1996, en el Palacio Nacional de la Cultura, el gobierno de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca pusieron fin a una guerra de 36 años que dejó un saldo de 250 mil víctimas, entre muertos y desaparecidos. Las partes crearon una Asamblea Permanente de la Sociedad Civil (ASC) y una Comisión Internacional contra la Impunidad.

Nepal
La guerrilla maoísta de Nepal y la monarquía de ese país decidieron en noviembre de 2006 poner fin a una guerra de 10 años, que dejó más de 10 mil muertos. Una alianza entre ese movimiento guerrillero y siete partidos políticos acordó con el gobierno realizar unas elecciones supervisadas por la ONU y convocar a una Asamblea Nacional Constituyente.
En 2008, Nepal dejó de ser una monarquía y se convirtió en una República Federal Democrática.
Indonesia
La guerra entre el gobierno de Indonesia y el grupo armado independentista de oposición GAM se inició en 1976 y dejó 15 mil muertos. En agosto de 2006, luego de varios acercamientos impulsados por gestores internacionales, las partes acordaron un Memorando de Entendimiento para acabar la guerra. Pactaron el fin de las hostilidades y el desarme del GAM, la retirada de las fuerzas militares y policiales, la amnistía para los miembros del GAM y su participación política, así como el establecimiento de una comisión de la verdad y la reconciliación.

El Salvador
Los excombatientes de la guerrilla salvadoreña dirigen hoy un importante partido político. 

Luego de 11 años de guerra entre el gobierno salvadoreño y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), las partes firmaron en 1991 un acuerdo de paz. En un documento firmado en Ciudad de México pactaron reformas constitucionales sobre la tenencia de la tierra; los sistemas judicial, militar y electoral, y los derechos humanos. Además, se creó la comisión de la verdad para investigar los hechos más graves de violencia, que comenzaron en 1980 y dejaron más de 75 mil muertos.
El 31 de diciembre de 1991 se proclamó el tránsito del FMLN a un partido político.

Burundi
A pesar de que para entonces existían 19 grupos rebeldes en este país africano, casi todos de la etnia Hutu, el acuerdo de paz más significativo se firmó con las Fuerzas Nacionales de Liberación (FNL), lideradas por Agathon Rwasa. En diciembre de 2008, tras haber negociado con el resto de los grupos armados, el gobierno pactó un acuerdo de paz con las FNL, les ofreció 33 cargos en el Estado e inició el desarme de esta organización.
El fin del conflicto en Burundi significó parar una guerra que duró 25 años y causó 300 mil muertos.

Sudán del Sur
Sudán del Sur se convirtió en un país independiente tras el acuerdo de paz. 
El Ejército de Liberación del Pueblo de Sudán se rebeló en 1983 contras las Fuerzas Armadas sudanesas que se oponían a la independencia del sur del país. Esta guerra causó la muerte de más de un millón de personas.
Tras varios intentos de diálogo, los negociadores acordaron en enero de 2005 un gobierno autonómico sursudanés durante seis años. En 2011, el pueblo de Sudán del Sur votó mayoritariamente la opción independentista en un referendo y el presidente Omar al-Bashir aceptó la división del país el 9 de julio de ese año.

Irlanda del Norte

El conflicto norirlandés tenía motivaciones políticas y religiosas. Foto tomada de Internet
Luego de más de una década de negociaciones, el 10 de abril de 1998 los rebeldes del Ejército Republicano Irlandés (IRA) y el gobierno británico firmaron el acuerdo de Belfast, también conocido como el tratado del Viernes Santo.
El acuerdo incluyó la formación de un Consejo Ministerial británico-irlandés, un Consejo Ministerial Norte-Sur y una Comisión de Derechos Humanos. Siete años después, en 2005, el IRA renunció a la lucha armada. En el 2007 se estrenó un gobierno compartido entre católicos y protestantes, y en el 2008 se produjo el desmantelamiento oficial del IRA.

Sierra Leona
En enero de 2002, el líder de Frente Revolucionario Unido—Foday Sankoh— y el gobierno de ese país acordaron el fin de un conflicto que nació en 1991 cuando los hombres de Sankoh se rebelaron contra el Estado. La confrontación causó 75 mil muertos.
El proceso estuvo marcado por incumplimientos, faltas al cese al fuego bilateral e incluso secuestros a miembros de la misión de mantenimiento de la paz que la ONU había desplegado en ese país. La tregua se rompió en 2010 y aunque ya no se habla de una guerra civil en ese país, persisten los brotes de violencia.

Angola
La guerra en Angola enfrentó desde 1975 a las fuerzas gubernamentales del Movimiento Popular de Liberación de Angola (MPLA) —apoyadas por la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS), Cuba y países del Este— con los rebeldes de la Unión Nacional para la Independencia Total de Angola (Unita) —apoyados por Estados Unidos Sudáfrica, Zaire y otros gobierno africanos—.
Tras la muerte del líder de la Unita, Jonas Savimbi, en 2002, se decretó un alto al fuego y la conformación de un gobierno de Unidad Nacional.
En abril de ese año, con el Memorando de Luena, la Unita se desmovilizó oficialmente, abandonó la lucha armada y se convirtió en un partido político.

Si bien, dichos tratados han sido mucho más impactantes y han propiciado el cese definitivo de guerras civiles internas y masacres masivas de etnias, en otros espacios, solo han servido para que cambie una dictadura por otra. Es el caso de Nicaragua en nuestro continente que las guerrillas querían combatir la dictadura de Anastacio Somoza, ahora tienen a un personaje exguerrillero que actúa como un dictador, caso de Daniel Ortega.

ACTIVIDAD
Escucha y mira ese vídeo y saca diez conclusiones del mismo, teniendo en cuenta los participantes, puntos de acuerdo, etc. (Es una mirada desde afuera de Colombia)




2 comentarios:

  1. señor henry no le da verguenza
    usted es un sin verguenza como se le ocurre
    usted esta exibido en las redes sociales y aun asi sigue tratando con estudiantes...y sigue normal....no como asi que falta de respeto....con los estudiantes y la institucion...usted ha echo que la institucion quede como un zapato
    era isque el director del programa de sexualidad que para no pensar cosas feas y vealo a usd tan bonito
    no sea mediocr hipocrita
    màs le vale que desaparesca
    que verguenza yo siendo el rector lo echaba inmediatamente....como asi escandalizando y haciendo quedr mal la reputacion de la institucion y estudiandes

    vuelvase serio
    no sea sinverguenza
    las cosas hay que decirlas comos son y no me da pena decirselo
    hipocrita

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  2. no le da verguenza ser exibifdo en las redes y seguir tratando con estudiantes
    no se hipocrita don henrry
    no le da pena escandalizar y dañar la reputacion de la institucion de los estudiantes???
    vayase usted no deberia ser profesor
    yo siendo el rector lo echaria inmediatamente
    vuelvase seri
    don henrry(asqueroso)

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